viernes, 12 de octubre de 2007

Fallo de la Corte Constitucional

Corte Constitucional falla a favor del empresario
Potes, le exige a CM& rectificar otra vez

La presentadora Claudia Hoyos deberá rectificar en igualdad de condiciones en su “1, 2,3”.


“El noticiero CM& vulneró el principio de veracidad e imparcialidad al dar información errónea (…) CM& violó el principio de imparcialidad y se apartó del deber de fiscalización sobre los hechos de interés público que es inherente a su misión informativa en un sistema democrático”

Por: Ana María Cubillos

Antecedentes:

El 15 de Agosto de 2006, Claudia Hoyos en la sección “uno, dos, tres” del noticiero del canal Uno CM& presentó una noticia bajo el titulo: “Nuevos datos sobre el escándalo de las Empresas Públicas de Cali”, en su nota afirmaba que Carlos Potes Victoria adjudicó un contrato de 25 millones de dólares a dedo a una fundación sin ánimo de lucro. Hoyos explica que la fundación mencionada contrata con la empresa Swedtel y ésta con Open System.


La periodista  afirmó que funcionarios, familiares y esposas de familiares de Alfonso Potes, trabajaban actualmente en Swedtel y Open System. Además calificó de inmoral el proceso de la licitación.


Reacciones después de la emisión del “1, 2, 3”

El señor Carlos Potes al ver la emisión declara que siente vulnerados varios derechos fundamentales como lo son: el derecho a la honra, al buen nombre y a la presunción de inocencia y  a recibir e informar información veraz e imparcial . Por lo anterior,  le pide al noticiero rectificar la información transmitida. Potes afirma que es falso lo que Hoyos dice acerca de que sus familiares estén trabajando actualmente en Swedtel y Open System y dice que la licitación no se hizo a dedo como se afirmo durante el noticiero.

Potes solicita una rectificación al director de noticias Uno, Yamith Ahmad, exigiendo que se realice una corrección correspondiente a la información.

Primera rectificación

La periodista Claudia Hoyos se ve obligada a rectificar en la emisión del 24 de Agosto, sin embargo Potes calificó la rectificación de insuficiente, no sólo quedo insatisfecho por la rectificación sino porque la periodista añadió en la rectificación más juicios valorativos y menciono otros hechos que involucraban al señor Potes en problemas judiciales. “Y algo más la Procuraduría General de la Nación ordenó su destitución, a pesar de que ya renunció a su cargo de interventor”, el anterior fue un nuevo hecho que la periodista mencionó durante la rectificación, además recordó que en la Fiscalía 98 de delitos contra la administración pública de Cali existe un proceso penal pendiente desde el año 2005 por la pérdida de más de 13 mil millones de pesos, hecho que involucra a Potes directamente.

Petición de una segunda rectificación


El empresario Carlos Victoria Potes pide de nuevo que se rectifique veraz e imparcialmente la información. El noticiero CM& se pronuncia mediante un apoderado afirmando que no debe rectificar porqué no ha vulnerado ningún derecho fundamental y que por el contrario si ha sido víctima de una estrategia que coarta su libertad de expresión e información. Además, sustentan que el noticiero lo único que hizo fue  emitirir  una información de interés público que ha generado una controversia jurídica y que toda la información emitida estuvo basada en documentación que demuestra las irregularidades denunciadas.


Primer fallo a favor de CM&


Después de analizar los argumentos expuestos por los representantes de CM& el juzgado Quince Civil del Circuito de Cali, decide no tutelar los derechos fundamentales invocados por el señor Carlos Potes Victoria.

Potes inconforme por los argumentos dados por el juzgado ya mencionado para tomar la decisión pide que se reconsideré nuevamente su caso, en la segunda petición realizada por Potes la Sala de decisión Civil del Tribunal de Cali dio prioridad a los derechos que Carlos había considerado vulnerados.

Lo que decidió la Corte

La Corte llegó a la conclusión de que el noticiero CM& en la trasmisión de la nota titulada “Nuevos datos sobre el escándalo de las Empresas Públicas de Cali” mezcló la opinión de la noticia con hechos y opiniones que condujeron a la transmisión de una información inexacta imparcial y veraz, por otro lado la Corte determinó que la presentadora no debía dar una calificación jurídica penal a unos hechos que están en investigaciones y mucho menos adelantar juicios de responsabilidad.
Ya que hasta que no se demuestre que alguien es culpable goza del derecho a la presunción de inocencia.

Por lo anterior el director del noticiero CM& fue obligado a rectificar dentro de las 48 horas siguientes a la emisión del fallo.

ANEXO
Art. 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.

Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.






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